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SERVICIOS NOTARIALES

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Aquí te explicamos qué documentos necesitas para realizar tus negocios jurídicos:

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Compraventa de inmuebles

1. Documento de identidad de las partes.

2. Escritura de propiedad o nota simple registral.

3. Cédula de habitabilidad.

4. Certificado de Eficiencia Energética (excepto que el comprador lo exonere).

5. Certificado de deudas con la comunidad.

6. Si el edificio tiene más de 45 años, el Certificado de Inspección Técnica del Edificio.

7. Justificante de los pagos realizados.

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Testamento

1. Documento de identidad del testador

2. Datos de identificación de los herederos y legatarios.

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Declaración de Obra Nueva

1. Documento de identidad de las partes.

2. Escritura de propiedad o nota simple registral.

3. Licencia municipal del proyecto.

4. Certificado de fin de obra de un técnico competente.

5. Cédula de habitabilidad.

6. Certificado de Eficiencia Energética.

7. Seguro decenal.

8. Libro del edificio. 

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Herencia

1. Documentos de identidad del causante y de todos los herederos.

2. Certificado de defunción.

3. Certificado del Registro General de Actas de Última Voluntad.

4. Copia autorizada del último testamento.

5. Recibo o factura de los gastos de entierro y funeral.

6. Escritura de propiedad o nota simple registral de todos los inmuebles de la herencia.

7. Certificación bancaria de todas las cuentas del causante.

8. Identificación de todos los demás bienes.

9. Certificados de deudas del causante (por ejemplo saldo pendiente de la hipoteca).

10. Certificado del Registro de Seguros de Vida.

Codi Civil de Catalunya

Herencia sin testamento

1. Documentos de identidad del causante y de todos los herederos.

2. Certificado de defunción.

3. Certificado del Registro General de Actas de Última Voluntad.

4. Dos testigos mayores de edad que conozcan al causante.

5. Libro de Familia del causante; en defecto, certificado de matrimonio y certificado de nacimiento de sus hijos.

****

La aceptación de la herencia se podrá firmar a los 20 días hábiles, aportando los documentos del apartado "Herencia".

Anells de compromís i matrimoni

Acta matrimonial

1. Documentos de identidad de ambos contrayentes.

2. Certificado de nacimiento.

3. Documento que acredite la disolución de anteriores matrimonios.

4. Certificado de empadronamiento de al menos un contrayente.

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El matrimonio se podrá celebrar después de 15 y máximo al año, y será necesaria la comparecencia de dos testigos mayores de edad y que conozcan a los contrayentes.

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